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BASES DE LA PROMOCIÓN


1. LTV CAS realizará una promoción sin obligación de compra donde se sortearán pasajes de avión de ida y vuelta con destino desde o a países de América del Norte, América del Sur, América Central y Oceanía, hasta un valor máximo de UDS 2.000 (dos mil dólares norteamericanos).

2. Sólo se podrá participar de la promoción ingresando a la página Web www.latele.tv y completando el cuestionario contenido en la misma.

3. Podrán participar sólo aquellas personas que sean residentes de EE.UU., Canadá y Oceanía, mayores de 18 años, sin importar su condición legal de residencia en los mismos.

4. Están excluidos de participar de la promoción los empleados de LTV CAS y sus familiares directos (padres, cónyuges e hijos) así como de cualquier empresa vinculada a la misma.

5. Los participantes podrán ingresar a la página Web y participar del sorteo desde el 3 de febrero del 2010 al 25 de marzo de 2010.

6. El sorteo de los pasajes de avión será realizado el 26 de marzo del 2010.

7. Los ganadores podrán retirar sus pasajes en las oficinas designada por LTV CAS en la calle Martín García 1273 Montevideo – Uruguay en un plazo máximo de 10 días luego de su emisión. LTV CAS  podrá enviar los pasajes vía correo privada a la dirección que del ganador tomando con recibo del mismo la simple entrega por parte

del courrier. LTV CAS no se hará cargo de los impuestos del pasaje y la tasa de embarque, estos serán de cargo de las personas que utilicen los pasajes.

8. Se publicará el nombre de los ganadores en www.latele.tv.

9. Los ganadores podrán ceder por única vez sus pasajes a un tercero debiendo comunicar a LTV CAS en su dirección por vía escrita (fax, carta firmada, telegrama colacionado) dentro de un plazo de 30 días. La cesión del pasaje será definitiva.

10. El pasaje de avión deberá ser solicitado con una antelación de 90 días. La fecha de los pasajes de avión estará sujeta a la disponibilidad de la aerolínea seleccionada por LTV CAS.

11. LTV CAS sólo se compromete a emitir los pasajes de avión sin ser responsable de posibles problemas que puedan existir por cambios de pasajes, atraso de vuelos, cancelación, todas razones ajenas a la promoción.

12. La primera emisión del boarding pass se considera como prueba suficiente de la entrega del pasaje al ganador. Una vez emitido se tendrá por cumplida la obligación de LTV CAS y no podrá existir reclamación alguna por parte de los ganadores del sorteo ni de terceras personas.

13. La promoción será publicada a través de LATINOAMERICA TELEVISION en sus distintos canales de emisión así como en www.latele.tv.

14. Esta promoción se rige por las normas jurídicas que rigen en  la República Oriental del Uruguay.

Montevideo, 2 de febrero de 2010

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